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El TSJCyL obliga a Edificasa a devolver a la legalidad el edificio de Caja Duero

El TSJCyL obliga a Edificasa a devolver a la legalidad el edificio de Caja Duero

Por Redacción/Agencias
lunes 22 de diciembre de 2014, 16:13h
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia por la cual obliga a la mercantil Edificasa a restituir la legalidad en el polémico edificio de Caja Duero situado en Zorrilla con Santiago, el mismo en el que se acometieron ilegalmente unos áticos a partir de unos trasteros y que llevará al alcalde, Francisco Javier León de la Riva, a ocupar banquillo el 27 de abril de 2015 por delito de desobediencia.  

La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal, de fecha 5 de diciembre de 2014 y notificada este lunes, estima el recurso de apelación del Ayuntamiento de Valladolid y desestima el de la entidad mercantil Edicasa interpuestos contra un fallo anterior del Juzgado de lo contencioso-Administrativo número 3 de la capital, revocando este último que determinaba una responsabilidad en la restauración de la legalidad urbanística en el referido inmueble en la proporción de un 75% respecto del Consistorio y de un 25% respecto de la mercantil.   

La controversia, tal y como precisan fuentes municipales, gira sobre quién es el responsable de llevar a cabo, a su costa, la restauración de la legalidad urbanística cuando se ha anulado la licencia urbanística al amparo de la que se han realizado obras ilegales.   

El recurso de Edificasa se interpuso contra la resolución del  Ayuntamiento de Valladolid por el que se requirió a esta empresa como promotor de las obras de rehabilitación del inmueble, sito en la Plaza Zorrilla con vuelta a las calles Santiago y María de Molina (Edificio de Caja Duero), para que procediera a la restauración de la legalidad de dicho edificio en el plazo de tres meses, con la advertencia de que transcurrido el mismo sin cumplir lo exigido la Institución local adoptaría las medidas necesarias para la reposición de los bienes afectados a su estado anterior a costa del responsable.   

La sentencia establece que conforme a la normativa urbanística, el procedimiento de restauración de la legalidad en el caso de la anulación de una licencia no requiere que, previamente, se haya declarado en el procedimiento de infracción urbanística la responsabilidad del promotor de la obra, pues su responsabilidad en esa restauración deriva de su condición de promotor.   

Por lo tanto, la obligación de restaurar la legalidad del edificio es íntegramente del promotor, tal y como señala la Sala del TSJCyL, conforme había exigido el Ayuntamiento.
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