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Por una actuación en el hospital Nuestra Señora de Sonsoles de Ávila

Sacyl indemniza con 180.000 euros a un paciente al que se le amputó una pierna por una mala valoración

martes 15 de enero de 2013, 12:04h
La aseguradora de Sacyl ha indemnizado con 180.000 euros a un paciente al que, tras sufrir un accidente de moto, se le amputó una pierna tras una valoración negligente de su lesión, según han informado a Europa Press fuentes de El Defensor del Paciente, que ha tramitado el caso.

En concreto, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ávila ha homologado el acuerdo alcanzado entre los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en representación de R.L.C. y la aseguradora de la Junta de Castilla y León.

Así se reconoce el derecho del paciente a ser indemnizado en 180.000 euros por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la asistencia sanitaria prestada con motivo de un accidente de moto sufrido en la localidad de Ávila, el día 27 de mayo de 2010, cuando contaba con 46 años.

Tras el accidente, fue trasladado al Hospital Nuestra Señora de Sonsoles de Ávila, donde se realizó intervención quirúrgica consistente en tracción transesquelética y reducción de la luxación de rodilla. Tras dicha intervención se le indicó que debía ser intervenido de nuevo para la fractura de fémur, de forma que se programó la intervención para el día 2 de junio de 2010.

En el Hospital de Ávila no se valoró vascularmente la lesión ni previa, ni durante, ni inmediatamente después a la reducción de la luxación, han explicado las mismas fuentes, que han añadido que la luxación de rodilla lleva asociada en un alto porcentaje de casos lesiones asociadas vasculares y neurológicas, cuestión que no fue tenida en cuenta por los servicios asistenciales en ese momento.

Sin información


Tampoco se informó al paciente del riesgo de lesión vascular ni de los tratamientos que deberían realizarse para su diagnóstico y tratamiento, ni de los riesgos que conllevaba dicha lesión, ni se le ofreció en momento alguno la posibilidad de llevar a cabo dicho diagnóstico y tratamiento precoz que hubiese evitado la ulterior amputación de la extremidad.

Hasta el día 4 de junio de 2010 no se informó de que el paciente presenta un cuadro clínico compatible con isquemia y se le realiza un angio Tac que objetiva un compromiso isquémico de la pierna izquierda a nivel de arteria poplítea.

Ante el resultado de la prueba diagnóstica, es derivado de forma urgente al Hospital Clínico Universitario de Salamanca. Allí es diagnosticado de isquemia aguda evolucionada y se le realiza de urgencia un by-pass femorropopliteo MMII con vena safena interna invertida y tromboctemia distal fasciotomias así como la estabilización de rodilla con fijador externo.

Sin embargo, con fecha 7 de junio de 2010, tras sesión clínica y evaluación conjunta con el servicio de Traumatología, se decide la amputación de la pierna izquierda a nivel supracondileo y se estabiliza definitivamente la fractura petrocantérea del fémur izquierdo.

La indicación lógica y correcta debía de haber sido la solicitud y realización de arteriografía, angio-TAC o angio-RMN, urgente en la primera e inmediata asistencia a este paciente, según El Defensor del Paciente.

El retraso de ocho días en el diagnóstico de la lesión isquémica hizo imposible recuperar la vascularización de la pierna por lo que el paciente perdió la oportunidad de conservarla y tuvo que ser amputada en el Hospital de Salamanca.

La defensa ha sido llevada a cabo por el despacho de Santiago Díez Martínez, adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente.
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