Se consideraron cuatro posibilidades
El Tribunal Supremo Electoral reglamentó las formas de voto nulo
El Tribunal Supremo Electoral aprobó el reglamento de elecciones de autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional considerando cuatro formas de voto nulo, cuando en días anteriores representantes del gobierno nacional se oponían a esta opción de voto, inclusive amenazando con sanciones.
El artículo 71 del reglamento, que hace referencia a los tipos de votos, considera en el inciso 3 cuatro formas de voto nulo que podrían presentarse en las próximas elecciones judiciales de octubre.
Según el artículo indicado, constituye voto nulo cuando el elector realiza marcas, signos o expresiones fuera de la casilla asignada a cada candidato, otro caso se da cuando existen papeletas rotas, incompletas o con alteraciones, igualmente ocurre cuando el elector realice marcas o signos en más de una casilla de voto en cada franja en el caso de la elección nacional y de la misma forma en la circunscripción nacional.
Así también, el reglamento establece la regulación jurídica de la administración del proceso electoral, la convocatoria, organización de la votación, las autoridades jurisdiccionales y operativas, padrón electoral, la papeleta de sufragio, tipos de votos y formas de votación, organización del acto de votación, el cómputo departamental, el cómputo nacional, proclamación de resultados y entrega de credenciales del proceso electoral.