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Por un delito de malversación de fondos públicos

Condenado a tres años de cárcel un alcalde que gastó 6.000 euros con el móvil

Condenado a tres años de cárcel un alcalde que gastó 6.000 euros con el móvil

La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres años de cárcel a Julio Álvarez (PSOE), alcalde de Puebla del Río (Sevilla), por un delito de malversación de fondos públicos por gastar 6.098 euros con el móvil oficial en llamadas a una única mujer en poco mas de un año.
La sentencia le impone además seis años de inhabilitación absoluta, por lo que, según la nueva Ley Electoral, Álvarez no se podrá presentar a la reelección en las elecciones de mayo, en las que ya es candidato por su partido.        El exconcejal Juan Carlos Benítez (PSOE), que falsificó las facturas telefónicas pedidas por la oposición para evitar que se descubriera la malversación cometida por el alcalde, ha sido condenado a un año de cárcel por falsedad y a otros ocho meses por encubrimiento.        El jurado popular que enjuició el caso declaró a Álvarez culpable de malversación de fondos públicos por gastar esa cantidad en llamadas "constantes, reiteradas y desproporcionadas" a una única mujer con su móvil oficial entre septiembre de 1999 y febrero de 2001.        En el caso del alcalde, el magistrado que presidió el jurado le aplica la atenuante de reparación del daño porque, al descubrirse los hechos, devolvió lo apropiado mediante ingresos parciales entre octubre y noviembre de 2002. La sentencia impone a cada uno de los acusados el pago de un tercio de las costas judiciales y rechaza la atenuante de dilaciones indebidas en la administración de Justicia que pidió la defensa de ambos.        El veredicto del jurado absolvió a Álvarez de otro delito de falsedad pues no consideró probado que, al ser descubiertos los hechos, pidiese al concejal condenado alterar las facturas telefónicas que le había reclamado la oposición.        El veredicto recogió que Álvarez gastó 6.098 euros entre septiembre de 1999 y febrero de 2001 en llamadas a una única mujer pero no entró a valorar si mantenía con ella una relación sentimental, como declararon varios testigos.        El jurado se declaró, por unanimidad, contrario a que se conceda el indulto a los acusados y a que la condena sea suspendida por una multa, por lo que Álvarez deberá ingresar en prisión a menos que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ante el que han anunciado recurso, rebaje dicha pena.        Fuentes judiciales han explicado que no es ése el caso de Benítez, que al haber sido condenado a penas individuales inferiores a dos años podría eludir su ingreso en prisión. Lea también:
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