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Diputados aprobaron el cambio

Modifican el Código Penal y endurecen medidas contra delincuentes

Modifican el Código Penal y endurecen medidas contra delincuentes

La Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa aprobó, las modificaciones al nuevo Sistema Normativo Penal, con el propósito de aumentar las sanciones penales en contra de los delincuentes reincidentes para evitar se acojan a las medidas cautelares y dirigidas al resarcimiento de daño a las víctimas de los delitos.

La nueva norma señala que las medidas serán más drásticas en los delitos que cometan los servidores públicos, con penas que van desde la privación de libertad de cinco a diez años; con especial énfasis en lo que concierne a la máxima autoridad, establecido en el artículo 153, sobre Resoluciones Contrarias a la Constitución Política del Estado y a las Leyes.

La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado, Cecilia Ayllón, dijo que “las modificaciones que se incorporan son a las medidas cautelares y para una mayor protección a las víctimas de delitos, porque ésta se encuentra desprotegida con el actual Código de Procedimiento Penal”.

Ayllón recordó que estas modificaciones al Sistema Penal boliviano, fueron una iniciativa del Órgano Ejecutivo, “es una Ley que requiere de inmediato el pueblo boliviano”.

Las nuevas reformas al Sistema Normativo Penal fueron respaldas por más de dos tercios de los asambleístas que dan el nuevo rol del Estado, donde se debe establecer reglas claras en el ámbito de protección a las personas y sus familias.

La norma tuvo modificaciones de forma, que no alteran su esencia y consta de cuatro artículos, una disposición final, una abrogatoria y otra derogatoria.

Otra de las reformas sustanciales en su artículo 53 establece que: “Los jueces de sentencia son competentes para conocer la sustanciación y resolución de los juicios por delitos de acción privada, los juicios por delitos de acción pública sancionados con pena no privativa de libertad o con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea de cuatro o menos años”.
De la misma manera, “los juicios por delitos de acción pública flagrantes, conforme al procedimiento inmediato, previsto en este Código y el procedimiento para la reparación del daño, cuando se haya dictado sentencia condenatoria”.

EL DATO

1]Las modificaciones se extienden a la Ley 1.768 del Código Penal, del 10 de marzo de 1997, modificando los artículos 145, 153, 174, 177 y sus reformas anteriores. Así también, determina su alcance a la Ley 2.298 de Ejecución Penal y Supervisión.

2]En general, la norma establece modificaciones a la Ley 1.970 del Código de Procedimiento Penal, del 25 de marzo de 1999, en sus artículos 11, 53, 54, 210, 222, 223, 226, 233, 234, 235, 239, 240, 242, 243, 252, 253, 300, 301, 321, 323, 325 y 392.


TEXTUAL

Las modificaciones que se incorporan son a las medidas cautelares y para una mayor protección a las víctimas de delitos, porque ésta se encuentra desprotegida”

Cecilia Ayllón
Diputada

SAMUEL SAUCEDO, MAGISTRADO
“Esa ley es una norma parche”

Para el vocal de la Sala Penal Segunda, Samuel Saucedo, la ley aprobada ayer en la Cámara de Diputados no es una solución que pueda perdurar en el tiempo, “En realidad es nomás para tener alguna instancia para dar algún resultado ante la sociedad, dado el clamor popular por el crecimiento de la delincuencia en el país, pero no es la solución de fondo, es una solución parcial.”
Además Saucedo indicó “una de las formas no es solamente endurecer las penas, podemos poner de ejemplo la ley mil ocho que endureció las penas, pero sin embargo se sigue cometiendo delito y en mayor cantidad, sin embargo ante la realidad porque la realidad supera la norma, lo que hay que hacer es prevenir, o sea ir a la escuela mejorar todo el sistema de valores en el país” finalizó Saucedo.

“Es un instrumento que le servirá a la gente se llame como se llame”

La aprobación de la Ley de endurecimiento de penas a delincuentes prontuariados modificándose varios artículos del Código de Procedimiento Penal es la aplicación del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana presentado por el diputado cruceño Carlos Subirana Gianela elaborado el año pasado en los meses de agosto, septiembre y octubre en consultas con varias circunscripciones y barrios cruceños ante una ola delincuencial que en esos momentos se tornaba imparable.
Una vez conocida la aprobación de la Ley modificatoria al sistema penal mediante la cual se puede evaluar que contiene los mismos artículos de la Ley de Seguridad Ciudadana del diputado Subirana, El Mundo consultó al parlamentario sobre el parecido a una réplica de su ley mencionando que de lo que se trata es de la aplicación de los artículos de su proyecto de ley, manifestando que no le ofendía que hayan utilizado su proyecto original si esto iba a contribuir a la ciudadanía.
“En realidad es una réplica de la Ley de Seguridad Ciudadana que yo presenté donde se endurecen algunas penas a los prontuariados reincidentes y se les quita facilidades para salir con fianza, pero no me interesa, lo que sí me interesa es que esta ley se aplique y se ponga en vigencia, que sirva a la ciudadanía, porque ese es el fin de todo proyecto”, dijo el parlamentario.

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