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Claves del nuevo código penal

Claves del nuevo código penal

El nuevo código penal español, que introduce nuevos delitos y endurece las penas para las infracciones más graves como la pederastia, terrorismo o corrupción, entró el jueves en vigor al haber transcurrido seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

A continuación, algunos de los aspectos clave del texto destacados por el Ministerio de Justicia:

- Introduce nuevos delitos, como la captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación en terrorismo.

- También será delito la captación de menores para espectáculos pornográficos; la piratería aérea o marítima; el cohecho entre particulares; el acoso laboral; los sobornos y fraudes en el deporte; los ataques informáticos; el reclutamiento de niños soldado; el tráfico ilegal de órganos y la trata de personas.

- Para los delincuentes más peligrosos, como pederastas y terroristas, se prevé la libertad vigilada durante hasta 10 años una vez que hayan cumplido su pena. Además, se evitará que puedan residir cerca de sus víctimas o se acerquen a éstas.

- Los pederastas, terroristas y miembros de organizaciones criminales con condenas superiores a 5 años de prisión no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su condena.

- No prescribirán los delitos de terrorismo con resultado de muerte. Otros tipos de delitos tampoco prescribirán antes de cinco años.

- Los delincuentes reincidentes de pequeños robos cumplirán condena los fines de semana y días festivos, para no incrementar el problema de la masificación de los centros penitenciarios.

- Las empresas que delincan o toleren la comisión de conductas delictivas serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas.

- Se endurecen los delitos de corrupción, cohecho, tráfico de influencias, delitos fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente, castigando las obras ilegales y a las autoridades que las silencien.

- En delincuencia organizada, se introducen las figuras de organización y grupo criminal.

- En propiedad intelectual, los llamados "manteros" podrán no ir a la cárcel, ya que el juez podrá sustituir la pena de cárcel actualmente prevista de 6 meses a dos años con trabajos en beneficio de la comunidad, si la distribución es al por menor y el beneficio económico es bajo.

- Los jueces tendrán más facultades para individualizar la pena en tráfico de drogas.

- El acoso inmobiliario se incluye en los delitos contra la integridad moral, y se podrá castigar con penas de un año y nueve meses a tres años de prisión a quienes lleven a cabo conductas acosadoras de hostigamiento para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que ésta sea propia o alquilada.

- Se tipifica como delito el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa o la destrucción o grave alteración del hábitat por la caza y pesca de especies amenazadas.

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