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Cadivi acentúa regulación en casas de cambio

Cadivi acentúa regulación en casas de cambio

La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) se reunió con los representantes de las casas de cambio que operan en el país con el fin de dar a conocer el nuevo convenio que regulará las actividades de estos operadores cambiarios autorizados para la ejecución de los trámites correspondientes al Régimen para la Administración de Divisas.

A través de este convenio, las casas de cambio autorizadas se comprometen a prestar todos los servicios de intermediación entre el usuario y Cadivi mediante el cumplimiento de lo establecido en las normativas correspondientes, dando cumplimiento a los lineamientos establecidos en el Decreto Nº 6.168, de fecha 17 de junio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.958, de fecha 23 de junio de 2008, en el cual se establece la revisión y adecuación de los convenios celebrados con los operadores cambiarios.

Al encuentro, presidido por el titular de la Comisión, Manuel Barroso, asistieron representantes de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, así como los presidentes y directivos de las casas de cambio, reunión en la cual se dieron a conocer los aspectos más relevantes del nuevo convenio.

El documento establece que los operadores cambiarios autorizados deberán informar, orientar y asesorar a los usuarios sobre los requisitos, procedimientos, trámites y servicios relacionados con las operaciones de intermediación en el mercado de divisas; recibir los recaudos y verificar que sean presentados en forma legible, sin tachaduras ni enmendaduras; y realizar la revisión y cotejo de la documentación presentada; entre otros, según se informó en nota de prensa.

La normativa establece que cada operador cambiario autorizado debe informar y mantener actualizado a Cadivi de los cambios o modificaciones en sus estatutos sociales. Asimismo, debe anunciar públicamente mediante avisos en sus oficinas, en su página Web y por cualquier otro medio de divulgación, que la República Bolivariana de Venezuela, a través de Cadivi, no obtiene beneficio patrimonial alguno producto de las comisiones que se cobren de conformidad con lo establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV).

En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio, Cadivi podrá adoptar medidas como la notificación, la suspensión y la terminación unilateral del Convenio cuando se le haya impuesto dos o más medidas de suspensión.

Asimismo, los operadores cambiarios no podrán utilizar la denominación "Comisión de Administración de Divisas" o "Cadivi" para la gestión del cobro de sus comisiones así como tampoco para la identificación de sus unidades internas.

Este convenio tendrá una duración de un año y será prorrogable por períodos iguales.

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