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Dice el 5 veces subsecretario de Gobernación, ex director del IFE y actual senador

Las televisoras dolidas interrumpen programas; es su deber constitucional transmitir los anuncios, A. Nuñez

Las televisoras dolidas interrumpen programas; es su deber constitucional transmitir los anuncios, A. Nuñez

Televisoras dolidas interrumpen programas; es es su deber constitucional transmitir los spotsLos concesionarios usan la interrupción de programas acumulando los spots del IFE y de los partidos políticos como un mecanismo de protesta porque están "dolidos" del fin de la "simulación" en el cumplimiento de esta disposición legal, estableció el 5 veces subsecretario de Gobernación, ex director del IFE y ahora senador tabasqueño por el PRD Arturo Núñez Jiménez.

Abunda: "No se amplió el tiempo, es el mismo, nada más que se terminó con la simulación de que hacían como que cumplían porque en primer lugar no lo hacían por estación de radio ni por canal de televisión, dado que son cadenas enlazadas de estaciones de radio y canales de televisión, con que uno cumpliera lo daban por bueno para todas las estaciones de radio y para todos los canales de televisión".

Núñez Jiménez recordó que "ahora la constitución dice que es por canal de televisión y por estación de radio y dice que se deben distribuir en horario de programación que va de las seis de la mañana a las 12 de la noche, es decir, que en 18 horas se deben distribuir esos 48 minutos a razón de tres minutos por hora o de dos minutos por hora".

SNúñez Jiménez se preguntó: "¿Cómo se utilizan esos dos o tres minutos por hora? Eso se deja a lo que técnicamente llaman el pautaje, que es la programación que el IFE debe establecer en consulta con la Cámara de la Radio y la Televisión, es decir, no es obligado que en una hora se establezca en bloque los tres minutos de promocionales".

Quien fuera 5 veces subsecretario de Gobernación dijo que "podría distribuirse en un minuto al inicio de la hora, un minuto a la mitad y un minuto al final de la hora. Y hay horas de sólo dos minutos, de tal forma que esta decisión de suspender ciertos programas relevantes, transmisiones de eventos deportivos, es una decisión, entiendo por la información de la prensa, porque no sé si sea resolutivo del IFE del pautaje por él planteado, una decisión de los propios concecionarios utilizándolo como un método para seguir protestando con algo que les duele mucho porque terminó con la simulación de la obligación que tenían, no por esta reforma constitucional, sino de hace mucho tiempo, de dar 48 minutos diarios al estado para diversas funciones de interés público".

El también ex director del Instituto Federal Electoral Núñez Jiménez indicó que en tiempos de procesos electorales la Constitución establece que el manejo de los tiempos oficiales, de radio y televisión y fiscales, está a cargo del IFE.

Por lo tanto "(el IFE) vendría siendo la autoridad en la materia y en primera instancia es el IFE quien puede sancionar y quien se sienta agraviado por la sanción del IFE puede acudir ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que resuelva en definitiva".


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