El documento está fechado el 18 de noviembre de 2010 pero publicado en la Gaceta Oficial número 39.556 con fecha 19 de noviembre de 2010,
La normativa señaló que no está permitido el uso de la figura presidencial para la “identificación, nombre, denominación, caracterización, tipificación, calificación y designación” de obras de infraestructura, construcciones, edificaciones, establecimientos, recintos, instituciones educativas y médico asistenciales, vías de comunicación, lugares o sitios públicos.
También prohibió a las agrupaciones políticas, sociales y comunitarias el uso del nombre, imagen y figura del Presidente para identificar organizaciones, sociedades, bienes, obras, proyectos, programas, actividades políticas o sociales y campañas publicitarias o propaganda.