Redacción/Ep | Domingo 20 de octubre de 2013
La Audiencia de Valladolid ha confirmado en
todos su términos una sentencia en primera instancia que impuso al
empresario vallisoletano Alfonso Bayón García una condena de veintiún
meses y un día de prisión por un delito continuado de estafa cometido
entre los años 2003 y 2005, periodo en el que constituyó, junto con
otros industriales de la ciudad, un portal de ventas por Internet y
utilizó en beneficio propio los fondos de los socios.
La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal que preside
Feliciano Trebolle, a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes
jurídicas, desestima así el recurso de apelación interpuesto por el
acusado contra el fallo dictado el 28 de marzo del presente año por el
Juzgado de lo Penal número 2 que, amén de la referida pena privativa de
libertad, establece la obligación del empresario, en concepto de
responsabilidad civil, de afrontar el pago de indemnizaciones por
importe superior a los 60.000 euros.
De ese volumen indemnizatorio, 13.949 euros servirán para
restituir los perjuicios ocasionados a la ya desaparecida Viajes Reysan,
mientras que Odoris Perfumería S.L. percibirá 18.000 y los
farmacéuticos María del Pilar Benito Deza y Jesús Manuel Matesanz Berzal
14.400 euros cada uno.
Los hechos que han derivado en la referida sentencia condenatoria
se remontan al 22 de diciembre de 2003, fecha de constitución de la
mercantil Mundocompra S.L. con un capital de 56.000 euros y compuesta a
partes iguales por Javier Bayón S.A, Hijos de Justo Muñoz S.A, Seditex
Valladolid S.L, María del Pilar Ruano Sanz, Librerías Oletvum S.L,
Pecados Originales S.L. y Dhitelfon S.L.
La razón de ser de dicha sociedad no era otra que la de
desarrollar actividades de comercio electrónico por Internet
consistentes en la creación, organización y administración de portales y
sedes web de las entidades administradas y la promoción,
comercialización y venta de cualquiera de sus productos o artículos.
A tal efecto, los socios acordaron la apertura de sendas cuentas
en BBVA y nombraron al acusado vicepresidente del Consejo de
Administración y consejero delegado, al tiempo que le hicieron entrega
de una tarjeta Visa Oro que, tal y como consideró probada la primera
sentencia ahora confirmada, utilizó para fines estrictamente privados y
totalmente ajenos a la gestión social que tenía encomendada, con la
particularidad de que nunca llegó a poner en marcha la web prometida ni a
desarrollar ninguno de los fines marcados.
Comidas, hoteles y clubes
Así, Alfonso Bayón, quien se retribuyó con 3.395 euros pese a
saber que su cargo no estaba remunerado, ocasionó a Mundocompra S.L. un
perjuicio económico por valor de 13.743 euros, cantidad que incluye
también , entre otros, el pago de reparaciones de su vehículo, gastos en
comidas, hoteles y clubes, la compra de ropa en '50 Yardas' así como la
autocontratación de servicios a favor de una sociedad propia_Gesalba
Gestión_con cargo a la mercantil perjudicada, sin que haya podido
acreditar la prestación de trabajo alguno a cambio.
La condena recaída en el industrial, sin embargo, no guarda
relación alguna con tales hechos ya que los socios de Mundocompra
renunciaron antes del juicio a ejercitar acciones penales contra él,
sino que se refieren a actuaciones posteriores del acusado cuando,
consciente a finales de 2004 y principios de 2005 de que la sociedad
estaba abocada la quiebra, ofreció a otros empresarios, a espaldas de
los anteriores, la posibilidad de entrar en ella para comercializar sus
productos a cambio de importantes cantidades de dinero.
Al reclamo, en la confianza que suscitaba el apellido Bayón y el
nombre de las firmas constituyentes asociadas, entre los años 2004 y
2005 los representantes de Viajes Reysan, Odoris Perfumería y los
farmacéuticos Jesús Manuel Matesanz y María del Pilar Benito aceptaron
el ofrecimiento y desembolsaron a cambio por la comercialización de sus
productos por Internet cantidades que suman más de 60.000 euros.
El condenado no sólo no llegó a realizar gestión alguna en este
sentido sino que los fondos recibidos de estas empresas los destinó a su
propio beneficio o de terceros para cubrir los gastos no justificados
de su gestión anterior y efectuar pagos justificados pero en dinero no
fiscalizado.
En su sentencia, el tribunal que preside Trebolle entiende que en
la conducta de Alfonso Bayón García "sí concurren los elementos
objetivos y subjetivos que caracterizan el tipo ordinario de estafa",
de ahí la confirmación de la condena y la imposición a éste de las
costas procesales causadas por el recurso.
La condena podría haber sido incluso más severa de no haberse
retirado de la causa los socios que constituyeron Mundocompra y que a
última hora renunciaron a ejercitar acciones penales, ya que además del
delito de estafa acusaban al empresario de un delito societario del que
finalmente fue absuelto.
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