Habría favorecido al grupo investigador que dirigía y utilizado en exclusiva equipos e infraestructuras de la institución
Redacción/Ep | Miércoles 04 de septiembre de 2013
El Juzgado de Instrucción número 3 de Valladolid ha iniciado una
investigación contra el que fuera rector de la Universidad vallisoletana
entre el 16 de junio de 2006 y el 25 de mayo de 2010, Evaristo Abril
Domingo, por delitos supuestamente cometidos en aquel cargo que
compatibilizaba con la coordinación del Grupo de Comunicaciones Ópticas
(GCO), al que habría favorecido, al igual que a varias sociedades
vinculadas a este último.
La investigación, según pudo saber Europa Press en fuentes
jurídicas, se produce después de que la Fiscalía de Valladolid analizara
el contenido del expediente disciplinario de la UVA incoado en mayo al
hoy catedrático del Departamento de Teoría de la Señal y Comunicaciones e
Ingeniería Telemática y en el que el instructor, Javier Álvarez
García, proponía al actual rector, Marcos Sacristán, la remisión de
todo lo actuado al departamento que dirige Esther Pérez Jerez tras
constatar la existencia de responsabilidad penal en el comportamiento de
Abril.
Ante ello, la Fiscalía de Valladolid acordó poner los hechos en
manos del Juzgado Decano y éstos han recaído finalmente para su
investigación en Instrucción número 3, que deberá analizar si el
exrector incurrió durante su mandato e incluso en 2011, ya fuera del
cargo, en delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos
(art. 441 del C.P), malversación de caudales públicos (art. 434) y
prevaricación (art. 404).
Al quedar abiertas las diligencias penales debido a la existencia
de indicios de criminalidad, la tramitación administrativa del
expediente disciplinario abierto a Evaristo Abril en la UVA ha quedado
en suspenso hasta que quede resuelta de primera de ambas vías.
Entre las actuaciones supuestamente delictivas del entonces rector
y que han sido detalladas en el informe que la UVA encargó a Javier
Álvarez García, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Carlos
III de Madrid, se hace referencia al convenio que, en calidad de
Investigador Principal del Grupo de Comunicaciones Ópticas, suscribió el
día 12 de enero de 2010 con la Fundación Parque Científico Universidad
de Valladolid, en virtud del cual el GCO se comprometía a abonar a la
Fpcuva un 5% de la facturación externa de proyectos, en lugar del 15 por
ciento general que corresponde a la UVA.
"De esta forma, se crea un régimen particular para determinados
contratos suscritos con el GCO, cuando ningún otro supuesto semejante se
ha dado en la Universidad, conculcando así lo previsto en el artículo
83 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU)" y su reglamento, que
regula la explotación comercial de los grupos de investigación y que
fija en el 15 por ciento la retribución que recibirá la UVA por cada
proyecto, contrato o trabajo firmado.
El instructor concluye que aquel convenio firmado por Abril viene a
exceptuar para "su" caso particular lo previsto en toda la normativa
aplicable, lo que supone una "infracción del máximo rango, una
infracción constitucional que afecta a las bases mismas del Estado de
Derecho, un infracción clara, manifiesta y terminante de un principio
básico en materia administrativa y, también, regulador de la actividad
de la Administración Pública en su conjunto".
Perjuicio a la Universidad
Pero además de la dimensión jurídica de este "régimen particular"
establecido en las relaciones entre el GCO y la Fpcuva, el instructor
subraya la dimensión patrimonial referida a las cantidades que la UVA ha
dejado de percibir y que habrían engrosado la cuenta del grupo
investigador liderado por el entonces rector.
En este sentido, el autor del informe alude a la gran cantidad de
empresas e instituciones para las que se trabajó utilizando
infraestructuras del Centro de Proceso de Datos (CPD) de la UVA, lo que
sin embargo no se reflejó en los contratos formalizados a través de la
institución académica o de sus entes gestores, algo que, en su opinión,
ha de tenerse muy en cuenta en las actuales circunstancias puesto que
las cantidades recaudadas por la Universidad a cuenta de los porcentajes
que le corresponden por la aplicación del artículo 83 de la LOU
integran su presupuesto ordinario.
Además de estas conductas, a su juicio constitutivas de delitos de
prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos, el
informe remitido a la Fiscalía y ahora en manos del Juzgado de
Instrucción 3, el catedrático de la Carlos III de Madrid se centra
también en la utilización "indebida" de espacios, infraestructuras y
equipamientos de la UVA por parte del GCO liderado por Abril y varias
sociedades vinculadas.
De hecho, el Edificio I+D de la Universidad de Valladolid y el
Centro de Proceso de Datos (CPD), ubicados en el Campus Miguel Delibes,
se convirtieron en escenario de trabajo en exclusiva, en detrimento de
otros grupos investigadores, tanto del Grupo de Comunicaciones Ópticas
como de la fundación privada CEXC--cuya presidencia ocupó Abril al poco
de dejar el puesto de rector--que fue impulsada por la Empresa de Base
Tecnológica (EBT) LUCE IT, creada por un profesor asociado de la UVA y
miembro del GCO.
Monopolio
En el caso de ese uso monopolístico del CPD por el grupo liderado
por Abril y la fundación que presidía, el autor del informe refiere
incluso que tal instalación, dotada en ese periodo con material que
supuso un altísimo coste económico, estuvo bloqueada y no pudo ser
utilizada por otros grupos de I+D hasta finales de junio de 2012, y ello
a pesar de los reiterados llamamientos de la UVA, cuando se hizo
entrega de las llaves de los equipos.
Tal circunstancia supondría un nuevo caso de malversación de
caudales públicos por parte de Abril como presidente de la Fundación
CEXC al mantener a ésta en las instalaciones de I+D de la UVA pese a
carecer de autorización para ello.
En el rosario de actuaciones supuestamente delictivas imputadas al
catedrático de Teoría de la Señal se incluyen igualmente el contrato
suscrito el 1 de junio de 2011, siendo ya exrector, con la empresa LUCE
IT--estaba participada por la Fundación CEXC, presidida ya por Abril--y
con la Fpcuva que tenía por objeto la prestación por parte del GCO de
determinados trabajos relativos a "servicios técnicos repetitivos",
cuando el autorizado para la firma era el Vicerrector de Investigación.
"Lo verdaderamente relevante es que un funcionario con dedicación a
tiempo completo ha suscrito un contrato con una empresa en la que
participa una entidad que él mismo preside y que tiene por objeto el
desarrollo de una cierta actividad por parte del GCO que él mismo
lidera", advierte el instructor, categórico al considerar que tal hecho
vulnera la Ley de Incompatibilidades.
Idéntica situación se habría producido con otro contrato suscrito
en esa misma fecha y con idéntica finalidad con la Fpcuva y directamente
con la Fundación CEXC que presidía Abril, con la particularidad de que
entonces hizo que apareciera una tercera persona como apoderada.
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