Ni un vuelto para ellos...
Martes 03 de febrero de 2015
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó
hoy la sanción económica que la Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI)
le impuso al supermercado por exhibir de manera confusa y desordenada la
identificación y los precios de productos en las góndolas de uno de sus
locales.
Fuentes judiciales indicaron que el tribunal fijó en 40.000
pesos la multa por infracción a la Ley de Lealtad Comercial y recordó a la
empresa que debe ser más diligente con la información sobre el nombre y el
precio de la mercadería.
En su momento, la DNCI sostuvo que el supermercado "no
cumplió con su deber de consignar el precio que debía abonar el consumidor con
respecto a cuatro productos de los comercializados en uno de sus locales de
Capital".
La Sala de Feria de la Cámara afirmó que "el potencial
consumidor se encuentra en una situación desventajosa con respecto a la
empresa, por lo que es correcto exigirle a aquella una mayor diligencia a la
hora del control de la exhibición de sus precios, asegurándole al primero la
posibilidad de informarse sin necesidad de recurrir a otros medios".
Las autoridades de la cadena de supermercado indicaron que
las obleas con los precios habían sido desplazadas por los propios
consumidores, lo que no pudo ser corregidos de manera inmediata por el personal
de la empresa.
Los camaristas Marcelo Duffy, Rogelio Vincenti y Jorge Morán
señalaron que la obligación de publicar el precio del producto "se enmarca
dentro de un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos
de implementación que tienen por finalidad, por un lado, garantizar al
consumidor una posición de equilibrio en sus relaciones con los proveedores de
bienes y servicios".
La finalidad de la ley es "preservar la lealtad en las
relaciones comerciales, de manera de evitar que se produzcan desvíos o
captación potencial de clientela por medios contrarios a dicha lealtad".
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