Enrique Szewach | Lunes 23 de junio de 2014
Permítanme, primero, un apunte conceptual.
A la Argentina no le apareció "de golpe" una deuda potencial
en torno a los 15000 millones de dólares. Esa deuda existía al momento del
default del 2001, y al momento de los respectivos canjes del 2005 y del 2010.
Sucede que, unilateralmente, decidimos decirle a los
tenedores de esos bonos "o aceptás nuestra oferta o pelito para la vieja".
Frente a esto, algunos de los tenedores de estos bonos
iniciaron un juicio para tratar de cobrar sus bonos -que estaban emitidos bajo
jurisdicción de la justicia de Estados Unidos-.
Otros, que necesitaban la plata o no tenían medios para
hacer juicio, o pensaban que no podían ganarlo. O suponían que, aún ganando,
les resultaría difícil cobrar, los vendieron a precio "de remate" a quienes
pensaban, y tenían recursos, que sí podían, a través de un juicio, cobrar.(Si
los que vendieron los bonos en su momento hicieron un buen o mal negocio,
depende de lo que hayan hecho con el dinero recibido. Pero eso nada tiene que
ver con la Argentina).
Es decir, la Argentina tenía un monto de deuda externa
reestructurada y un monto de deuda "en litigio", que no había contabilizado
como tal, en el convencimiento que nunca tendría que pagarla.
En otras palabras, primero convertimos en "carroña" unos
bonos que decidimos borrar de nuestros registros de deuda y luego aparecieron
los "buitres".
Pero, lamentablemente, perdimos el juicio. Si obró bien o
mal durante estos años. Si el fallo es correcto o incorrecto. Si lo merecíamos
o no, etc. etc., quedará para la historia. El hecho es que fuimos condenados a
pagar por la justicia a cuya jurisdicción nos sometimos voluntariamente.
Ahora se abren dos posibilidades.
Cumplir con el fallo, y tratar de negociar la forma de pago
más viable para las cuentas públicas argentinas o, alternativamente, desconocer
el fallo y, por la forma en que está redactado tanto el contrato, como el fallo
mismo, entrar en default con todos los tenedores de bonos de deuda argentina,
emitida bajo ley extranjera.
Más allá de consideraciones éticas. ¿Qué conviene hacer?.
Para empezar a dar una respuesta un par de datos
comparativos. En la crisis del 2001, la Argentina tenía un déficit fiscal de
más o menos, 5 puntos del PIB.
Uno correspondía a déficit operativo (ingresos menos gastos)
y cuatro a servicios de la deuda. Dicho servicio, el perfil de vencimientos, el
monto total, y la imposibilidad de acceder a nuevos créditos, convertían a esa
deuda en "impagable". En ese sentido, el default y la reestructuración eran
solución. (Otra vez, si fue la mejor reestructuración posible, también quedará
para la historia). Ahora, la Argentina tiene un déficit fiscal similar al del
2001. Pero la diferencia es que, de los 5 puntos de PIB, cuatro corresponden al
déficit operativo y sólo uno a servicios de la deuda. Asimismo, el monto de la
deuda en poder de privados y su perfil, parecerían indicar que, bajo ciertas
condiciones, dicha deuda es "pagable".
En este contexto, el default y la reestructuración de la
deuda bajo ley extranjera, no parece ser solución.
Más si se tienen en cuenta los efectos de dicho default
sobre los flujos de fondos para la Argentina y sus empresas, los riesgos
asociados a embargos y trabas de fondos para infraestructura, y
fundamentalmente, las consecuencias sobre el crecimiento y el bienestar de los
argentinos.
A lo que hay que agregar que el problema de fondo, el
déficit fiscal operativo financiado con emisión del Banco Central, persistiría
y sin alternativas de financiamiento diferente.
Por lo tanto, el camino es negociar y hacer una propuesta
que permita, simultáneamente, convencer a los que ganaron el juicio, y generar
un mecanismo de pago pensando en el resto de los acreedores que están en
condiciones de exigir lo mismo, sin violar los derechos de los actuales
tenedores de bonos que sí aceptaron el canje.
Y, principalmente, sostener la condición de "pagable" de la
deuda argentina para permitir nuevo acceso al financiamiento responsable en el
futuro.
¿Existe una solución que reúna todas estas condiciones? .
Creo que sí aunque no es sencilla.
Espero que quienes negocien tengan en cuenta todas estas
dimensiones para el diseño de la propuesta argentina.
Insisto, tengo claro el escaso margen de maniobra que ahora
tenemos, pero no repitamos errores.
Una mala solución, no será solución.
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