Delitos de lesa humanidad
Viernes 11 de abril de 2014
La Cámara Federal confirmó el procesamiento del ex
presidente de facto Reynaldo Bignone por tres nuevos casos de sustracción y
supresión de identidad de niños nacidos en el Hospital Militar de Campo de Mayo
cuando sus madres se hallaban secuestradas, durante la dictadura cívico
militar.
En 2012 Bignone fue condenado a 15 años de prisión por otros
hechos que tuvieron distintas víctimas y este fue uno de los argumentos de la
Sala I de la Cámara para rechazar los planteos de las defensas del último
presidente de facto y de otros procesados por el juez federal Sebastián
Casanello.
El tribunal también confirmó el procesamiento por nuevos
casos de sustracción y supresión de identidad de menores, y privación ilegal de
la libertad y tormentos a las madres de recien nacidos, al ex Comandante de
Institutos Militares, Santiago Omar Riveros.
La resolución también alcanzó al ex jefe del Servicio
Clínica Médica del hospital de esa guarnición militar Raúl Eugenio Martín.
En ese hospital "eran alojadas mujeres embarazadas
secuestradas a los fines de dar a luz y para el posterior secuestro de sus
hijos", consignó la resolución firmada por los camaristas Eduardo Farah y
Jorge Ballestero.
Las defensas dijeron que ya se habían dictado procesamientos
en el marco del denominado "plan sistemático" de robo de bebés,
implementado durante el período comprendido entre marzo de 1976 y diciembre de
1983, pero la Cámara recordó que en este caso se los responsabiliza por otros
casos puntuales, con distintas víctimas.
"Todos los casos -acotó el tribunal- obedecían a una
misma metodología en cuanto a cómo debía procederse ante las embarazadas
detenidas, los nacimientos en cautiverio y los menores sustraídos, todo ello
para asegurar que, finalmente, llegasen a mano de determinados matrimonios,
quienes los inscribían como hijos propios".
Agregó que "en el intento desmedido de querer cortar
todo rastro con la verdadera familia y callar todo reclamo, no se reconocieron
límites: asesinaban, salvo excepciones, a las madres; y ello ocurría al poco
tiempo de dar a luz o de ser separadas de sus hijos", y que "los
padres habían corrido la misma suerte tiempo antes".
La defensa de Riveros lamentó que se lo procesara por el
solo hecho de comandar el Instituto Militares, pero Ballestero y Farah dijeron
que existió "una metodología clandestina que consistía en la sustracción
violenta de menores a los padres, su entrega a terceros y el ocultamiento de
todo rastro del verdadero origen".
Para los camaristas "no solo se trató de avalar lo que
realizaban sus subordinados" sino de "órdenes precisas impartidas
para que se procediera de un determinado modo y en busca de un resultado
concreto y permanente, pues el plan original era que nunca se supiese el
destino de esos niños".
Los nuevos casos por los que se confirmaron los
procesamientos son por privaciones ilegales de la libertad agravadas y
tormentos sufridos por Beatriz Recchia de García, Marcela Esther Molfino de
Amarilla, María Teresa Trotta, Rosa Taranto de Altamiranda, Celina Amalia
Caleano, Paula Elena Ogando, María Cristina Cournour de Grandi, Ana María
Lancilotto de Mena, María Eva Duarte de Aranda, Monica Susana Masri de
Roggerone y Valeria Beláustegui Herrera.
También fueron analizados por la justicia los siguientes casos
de sustracción de menores nacidos en cautiverio: la hija de Recchia de García y
Antonio Domingo García, quien el 13 de febrero de 2009 recuperó su identidad;
el hijo de Molfino de Amarilla y Guillermo Amarilla, quien recuperó su
identidad el 15 de diciembre de 2009; la hija de Trota y Roberto Castelli,
quien recuperó su identidad el 25 de julio de 2008; la hija de Taranto y
Horacio Antonio Altamiranda, quien recuperó su identidad el 29 de junio de
2007.
También los bebés de Carnour de Grandi y Nicolás Grandi, de
Masri de Roggerone y Carlos María Roggerone y de Beláustegui Herrera y Ricardo
Waimberg, que al igual que sus padres continúan desaparecidos.
Y los casos de los bebés de Lancilotto de Mena y Domingo
Mena y de Duarte de Aranda y Samuel Manuel Aranda, cuyos destinos finales son
desconocidos.
El 5 de julio de 2012 la justicia argentina reconoció
formalmente la existencia de un Plan Sistemático de Robo de Bebes a mujeres
secuestradas durante la dictadura, al condenar a 50 años de reclusión, la máxima
sanción prevista en la legislación nacional, al ex dictador Jorge Rafael
Videla, y aplicar severas penas de hasta 40 años a otros ex represores.
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