Por ser inconstitucional
Lunes 24 de febrero de 2014
El máximo tribunal determinó en junio del año pasado que la
rebaja salarial es inconsitucional, y declaró que la protección del salario
forma parte de "los derechos humanos".
En un fallo ejemplar ante una presentación realizada por la
Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), por una rebaja salarial aplicada
por la Municipalidad de la ciudad de Salta, la Corte aseguró que se "debe
garantizar y respetar los derechos humanos laborales", entre los que está
el salario.
De esta manera, los dichos del diputado nacional del Frente
Renovador, Felipe Solá, sobre que hay gente que ante el temor de una ola de
despedidos, "a lo mejor hasta está dispuesta a que le bajen un poco el
salario", chocan contra el orden constitucional.
De igual forma resulta inconstitucional el pronunciamiento
del periodista del Grupo Clarín Jorge Lanata en cuanto a que "si viniera
un tipo que fuera verdaderamente un líder, y le dice a la gente que va a ganar
un 10 por ciento menos y eso se destinara a un fondo especial destinado a
financiar algo, la gente lo aceptaría".
La rebaja salarial a la que refiere el fallo de la Corte,
fue determinada en enero de 2003 por el entonces intendente de la capital
salteña, Alejandro San Millán, actual dirigente en la provincia norteña, del
Frente Renovador de Sergio Massa.
En su fallo, del 18 de junio de 2013, el máximo tribunal
destacó que la intangibilidad de los salarios se basa en cuatro principios.
Uno de ellos es que "el trabajador es sujeto de
preferente tutela constitucional", y otro que "la justicia social no
tiene otro norte que alcanzar el bienestar, en las mejores condiciones de vida
conforme a la excelsa dignidad de la persona humana".
El tercero es "el principio de progresividad,
fundamental para la defensa de todos y cada uno de los derechos de los
trabajadores", y el último, "la seguridad económica por la cual los
Estados están obligados a adoptar las medidas necesarias para velar para que
todas las personas queden protegidas frente a la inseguridad del empleo".
La Corte señaló que "el salario es el medio por el cual
el trabajador `se gana la vida`", y subrayó que existe una "directa e
indisociable atadura que une a la remuneración con la vida misma de un
empleado y, regularmente, de su familia".
También destacó "el compromiso de `respetar` los
mentados derechos, lo cual le requiere abstenerse de tomar medidas que
interfieran directa o indirectamente en el disfrute del derecho al trabajo que
hubiese alcanzado un empleado".
La rebaja dispuesta por San Millán alcanzó en promedio a
18,3 por ciento del salario, aunque se detectaron casos de 20 y 34,3 por ciento
de recorte.
"¿Qué capas de la sociedad deberán soportar el costo de
la crisis, y cómo se puede proteger mejor y dar más autonomía a los más
vulnerables?, tiene una respuesta ineludible: no puede ser que ese peso recaiga
en última instancia en las familias trabajadoras", concluyó la Corte en
su fallo.
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