Según esos datos oficiales, por tasa de alcohol superior a 0,60 mlg/l de aire espirado, o 1,2 g/l de sangre han sido detenidas 267 personas,. Por conducir a velocidad superior en 60km/h en vía urbana (travesía) o por conducir a velocidad superior en 80km/h en carreteras, fueron detenidas 8 personas, según se puede apreciar en el siguiente cuadro:
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO
| DIAS |
ALCOHOL |
VELOCIDAD |
TOTAL DÍA |
| 2 DIC. |
131 |
1 |
132 |
| 3 DIC. |
20 |
2 |
22 |
| 4 DIC. |
17 |
1 |
18 |
| 5 DIC. |
28 |
0 |
28 |
| 6 DIC. |
71 |
4 |
75 |
| TOTAL |
267 |
8 |
275 |
ALCOHOL: Detenidos por tasa superior a 0,60 mlg/l de aire espirado, o 1,2 g/l de sangre.
VELOCIDAD: Detenidos por conducir a velocidad superior en 60km/h en vía urbana (travesía) o por conducir a velocidad superior en 80km/h en carreteras.
Lo más grave, acaso, es que estos 275 conductores pueden ser condenados a penas de cárcel, con lo cual, la cumplan o no la cumplan, tendrán antecedentes penales. Si este ritmo se mantiene, España corre el riesgo de convertirse en un país de ex presidiarios, pero no por grandes delitos -donde además hay redenciones- sino por la conducción. Sin embargo, el director general de Tráfico, Pere Navarro, ha negado que, pese a estos datos, se vaya a producir un colapso en los juzgados españoles.
No obstante, las penas a las que esas 275 personas pueden ser condenadas son las siguientes:
DELITOS CONTRA SEGURIDAD TRÁFICO (Código Penal art.379 y siguientes)
| DELITO |
PENAS |
| VELOCIDAD |
- Excesos de más de 60 km/h en vías urbanas o travesías. - Excesos de más de 80 km/h en carreteras. |
Prisión de tres a seis meses
o multa de seis a doce meses
y trabajos en beneficio de la
comunidad de 30 a 90 días,
y privación del derecho a
conducir de uno hasta cuatro años.
|
| ALCOHOL |
Tasas superiores a:
- 0.60 mlgr/l en aire. - 1,2 gr/l en sangre. |
|
Negativa a someterse a las pruebas.
|
Prisión de seis meses a un
año y privación del derecho a
conducir de uno a cuatro años
|
| SIN CARNET * |
Por perdida de todos los puntos o por no haberlo obtenido nunca.
|
Pena de prisión de 3 a 6 meses
o multa de 12 a 24 meses
y trabajos en beneficio de la
comunidad de 30 a 90 días.
* Se aplicará a partir del 1 de mayo.
|