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La reagrupación se limita

La nueva Ley de Extranjería 'blinda' las competencias autonómicas

La nueva Ley de Extranjería 'blinda' las competencias autonómicas

El nuevo texto de la Ley de Extranjería "blinda" las competencias autonómicas, permite el traspaso de la tutela de menores no acompañados a las comunidades autónomas y a las ONG y regula la situación de las víctimas de trata sexual o de los malos tratos.
Con la nueva ley las comunidades autónomas que sean competentes podrán conceder permisos iniciales de trabajo y de residencia circunscrita a su propio territorio, establecer relaciones con terceros países para la contratación y tramitación de visados y cobrar las tasas y sanciones administrativas pertinentes.

También podrán conceder autorizaciones de reagrupamiento familiar "concedidas en su territorio".

Además podrán certificar el nivel de integración de los inmigrantes, asumir o traspasar la tutela de menores no acompañados y establecer acuerdos con los países de origen para procurar la "atención e integración social de los menores".

En cuanto a los menores no acompañados, el nuevo texto afirma que el Estado y las Comunidades Autónomas "podrán establecer convenios con organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades dedicadas a la protección de los menores, con el fin de atribuirles la tutela ordinaria" de los mismos.

Tras su paso por la comisión de Trabajo e Inmigración, la ley también detalla los esfuerzos de integración que deberán realizar los inmigrantes que aspiren a renovar sus permisos de trabajo o residencia y que incluyen la participación en cursos de formación sobre "valores constitucionales y estatutarios", derechos humanos "tolerancia e igualdad" y conocimiento de las lenguas oficiales.

De hecho una de las enmiendas de CiU en el apartado de integración detalla que las comunidades autónomas y los Ayuntamientos colaborarán en esta ámbito "tomando como referencia sus respectivos planes de integración" y que se establecerán programas de integración que financiará la Administración central.

Además, la ley prevé que las administraciones autonómicas o locales elaboren un "informe de integración" que se "valorará especialmente" a la hora de determinar las renovaciones de permisos y el nivel de arraigo.

Otro punto nuevo de la Ley establece que los extranjeros residentes que tengan en España menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria deberán acreditar dicha escolarización en los trámites de renovación de permisos.

En cuanto a la reagrupación, finalmente y tras mucho debate, queda limitada a los hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, y los padres del reagrupante y su cónyuge "cuando están a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España".

También en estos casos las Administraciones públicas promoverán la participación de los reagrupados en "programas de integración socio-cultural y de carácter lingüístico".

Finalmente, la nueva ley incluye artículos nuevos relativos a la residencia y trabajo de "profesionales altamente cualificados" y a las víctimas de la trata de seres humanos, y un apartado dedicado a reforzar las garantías legales de los ingresados en Centros Internamiento (CIES).
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