El Consejo de Gobierno aprueba la primera norma de la Comunidad que regula el sector primario
La Ley Agraria de Castilla y León refuerza el papel de las organizaciones agrarias
Se crea la figura del defensor de la cadena alimentaria y un registro de explotaciones agrarias
jueves 26 de septiembre de 2013, 16:06h
El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el Proyecto de Ley Agraria de
Castilla y León, la primera de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de regular un sector estratégico,
impulsar la incorporación de jóvenes, regular las explotaciones para que
sean más competitivas y preservar la riqueza agraria de otras
infraestructuras o actividades, según ha explicado la consejera de Agricultura y Ganadería, Silvia Clemente. Se pretende que sea tramitada en las cortes regionales lo antes posible para lo cuakl se ha pedido que el mes de enero sea declarado hábil en el Parlamento autonómico.
El proyecto de Ley Agraria se estructura en cinco libros
-desarrollados en 209 artículos-, y en el primero de ellos se establece
una serie de actuaciones transversales básicas para el futuro de los
sectores agrario y agroalimentario, como son la incorporación de
jóvenes, el reconocimiento y fomento del papel de la mujer y la
investigación, el desarrollo y la innovación.
De hecho, la norma considera fundamental tanto para asegurar el futuro del
sector agrario como para el desarrollo económico y la vertebración
territorial de las zonas rurales llevar a cabo una política activa
dirigida a dos grupos, los jóvenes y las mujeres.
Además de las actuaciones que se vienen desarrollando para la
incorporación de jóvenes, la norma establece medidas novedosas dirigidas
a rejuvenecer el sector como la creación de un fondo de tierras
disponibles o la prioridad en el acceso a los recursos agropecuarios
locales.
Clemente ha destacado que la presencia de las mujeres no se queda sólo en promocionar la
titularidad compartida de las explotaciones sino en fomentar la
posibilidad de que se conviertan en propietarias o titulares exclusivas
de las explotaciones. Para ello se incluyen dos nuevas actuaciones
dirigidas a promover y favorecer la igualdad real y efectiva y la
participación de la mujer en el sector agrario: concretamente, el acceso
a la titularidad exclusiva de la explotación agraria y la integración
como socio en una entidad asociativa titular de una explotación agraria.
Respecto a I+D+i se crea la Estrategia regional agraria y
agroalimentaria de I+D+I, como figura de planificación y estableciendo
como objetivo principal de la actividad investigadora, el de responder a
los retos científicos y tecnológicos a los que se enfrentan los
sectores agrario y agroalimentario.
La nueva normativa para el sector agrario de la Comunidad crea por
primera vez un registro único en materia de explotaciones agrarias,
unificando los actuales 35. Se configura como un servicio público y
gratuito y la inscripción de las explotaciones agrarias en él será
obligatoria. Permitirá a la Administración disponer de información
homogénea y unificada que facilite su toma de decisiones y la gestión de
las actuaciones destinadas al sector agrario. Además permitirá reducir
la carga burocrática ya que, una vez sus explotaciones estén inscritas
en el Registro, no tendrán que presentar nuevamente la documentación en
cualquier procedimiento administrativo que tengan que realizar.
Concentración parcelaria
La Ley Agraria de Castilla y León modifica también el actual régimen
jurídico de la concentración parcelaria cambiando sustancialmente su
regulación y aclarando y simplificando su procedimiento. Se establecen
dos tipos de concentraciones parcelarias: aquéllas que conllevan además
la ejecución de infraestructuras, y aquellas otras que tienen como única
finalidad la reordenación de la propiedad.
Se incorpora por primera vez la posibilidad de instar y ejecutar
procedimientos de concentración parcelaria con origen en la iniciativa
privada y en la financiación, se instaura, también como novedad, un
sistema basado en la colaboración público/privada.
Los Planes de Ordenación de Zonas de Especial Interés Agrario son
otra de las novedades incluidas en la Ley. Estos tienen por objeto
ordenar y regular las actividades agrarias sobre el conjunto o partes de
la Comunidad. Serán planes vinculantes en su ámbito sectorial de
aplicación para otras actuaciones de las Administraciones Públicas y de
los particulares.
Fondo de Tierras Disponibles
La norma establece la creación de este Fondo como un instrumento que
facilite la puesta en contacto entre la oferta y la demanda de parcelas
rústicas, cultivadas o cultivables. Este fondo permitirá poner en valor
tierras abandonadas, asegurar la continuidad de las explotaciones
agrarias y promover la incorporación de los jóvenes y las mujeres al
sector agrario. Dentro de la procedencia de las parcelas se destaca
aquellas de agricultores que hayan optado por ayudas a la prejubilación y
así lo soliciten y las masas comunes y fincas sobrantes en las
concentraciones parcelarias.
Se realiza una profunda reforma, con el objetivo último de adaptar el
ordenamiento a la realidad existente, dando cabida a nuevas situaciones
que requieren de regulación, y mejorando las estructuras y fórmulas de
aprovechamiento.
En concreto la Ley Agraria modifica el sistema de adjudicación de los
aprovechamientos sometidos a ordenación común, estableciéndose un nuevo
régimen de prioridades en el acceso a dichos recursos, primando a los
jóvenes agricultores, a las explotaciones agrarias prioritarias y a los
ganaderos profesionales.
Lucha contra plagas agrícolas y enfermedades animales
El Proyecto de Ley contiene también una
novedosa regulación de la lucha contra las plagas agrícolas y las
enfermedades de los animales, definiendo sus objetivos estratégicos,
estableciendo la planificación y la programación como instrumentos de
ejecución de las políticas y actuaciones de la Administración de la
Comunidad en esta materia de protección, y determinando el procedimiento
de declaración oficial de plaga agrícola y de epizootia.
Además, se incluye el impulso a la investigación aplicada y el
desarrollo biotecnológico, orientados a garantizar una adecuada
capacidad de respuesta para la protección y lucha contra las plagas
agrícolas y epizootias.
Tierra de Sabor
La Ley dedica un capítulo específico para la marca de garantía
"Tierra de Sabor", dándole por primera vez a la misma reconocimiento con
rango de Ley, y recogiendo expresamente su incuestionable vinculación
con la producción primaria de Castilla y León, al proceder la materia
prima sustantiva con la que se elaboran los productos amparados por la
marca de explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla y León y al ser
transformada en industrias agroalimentarias de la región, facilitando
su comercialización y aportando mayor valor añadido a la producción
agroalimentaria de esta Comunidad.
Además, se fomentará el arbitraje y la mediación en el ámbito de los
contratos agrarios, articulando herramientas dirigidas a mejorar el
equilibrio de la distribución de costes y beneficios en la cadena de
valor de los productos agroalimentarias.
Para ello, se regula por primera vez en Castilla y León la figura de
"mercado de productos agrarios en origen" (lonjas) y se impulsa la
inclusión de cláusulas en los contratos agrarios que permitan la
resolución de las controversias que pudieran originarse en el
cumplimiento de tales contratos, mediante fórmulas alternativas como el
arbitraje o la mediación.
Defensor de la cadena alimentaria
El proyecto de Ley contempla esta figura como un instrumento para
controlar y denunciar las posibles prácticas abusivas y la emisión de
dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a las relaciones
contractuales entre productores y compradores, velando por el
mantenimiento de un precio que cubra al menos los costes de producción. Esta figura velará por el equilibrio de la cadena alimentaria y podrá
elevar a los órganos que corresponda las recomendaciones que estime
oportunas relacionadas con las materias objeto de su competencia.
Asímismo, se crea la Junta de Arbitraje como órgano de naturaleza
arbitral competente para resolver todas las cuestiones litigiosas
relacionadas con la aplicación de los mismos.
Además la norma instaura las Organizaciones interprofesionales
Agroalimentarias para sectores estratégicos para la Comunidad con el fin
de lograr un equilibrio en la cadena de valor, de forma que los
productores puedan obtener precios que les permitan cubrir sus costes de
producción.
Cooperativismo
También se reconoce el movimiento cooperativo agrario como canal
de participación de los productores agrarios en los procesos de
producción y transformación y comercialización de sus productos con el
objetivo de incrementar el nivel de renta en el medio rural. Además se
establecen los principios básicos que deben regir el cooperativismo
agrario en la Comunidad dirigidos a impulsar el dimensionamiento de las
entidades asociativas y a favorecer la integración.
La Ley Agraria reconoce expresamente a las organizaciones
profesionales agrarias como el cauce formal de interlocución y
participación del sector agrario en la planificación y desarrollo de la
política agraria, regulando la representatividad de mismas.
Además se establecen los órganos consultivos en materia agraria y
agroalimentaria: el Consejo Agrario de Castilla y León, los Consejos
Agrarios Provinciales, el Comité Asesor Agroalimentario de Castilla y
León, el Comité de Cooperativismo Agrario de Castilla y León y las Mesas
Sectoriales. El Quinto y último Libro de la Ley Agraria de Castilla y
León se dedica a regular las infracciones y sanciones en el sector.