El Consejo Nacional Electoral (CNE) negó la solicitud de referéndum sobre la Ley de Distrito Capital, presentada por el alcalde Metropolitano, Antonio Ledezma.
El organismo comicial concluyó que el mecanismo para efectuar la consulta sería un referendo abrogatorio, ya que no se puede consultar sobre una ley que ya ha sido sancionada, destaca una nota de prensa del ente electoral.
Este referéndum tiene requisitos distintos al consultivo, claramente establecidos en el artículo 74 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El Poder Electoral considera que las preguntas formuladas en la solicitud del referendo consultivo se refieren a los bienes, recursos, competencias y atribuciones consagradas en la Ley Especial del Distrito Capital en sus artículos 6, 9, 11 y 14.
En este caso, se evidencia que el mecanismo para efectuar una consulta de este tipo sería un referendo abrogatorio, el cual sólo puede ser requerido por 10% de los electores inscritos en el Registro Electoral, o por el presidente de la República.
En consecuencia, el solicitante -el alcalde Antonio Ledezma- no está facultado para formular dicha solicitud.