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Publican en Gaceta la destitución a Fiscal General y reestructuración del MP
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Publican en Gaceta la destitución a Fiscal General y reestructuración del MP

viernes 11 de agosto de 2017, 15:34h
La Gaceta: 6.322 de fecha 5 de agosto 2017 contiene los tres documentos publicados con las primeras medidas de la Asamblea Nacional Constituyente. En la Gaceta se emite la designación provisional del cargo de Fiscal General de la República Tarek Willians Saab y la remoción de Luisa Marvelia Ortega Díaz como Fiscal General de la República.
Se suman a las primeras medidas tomadas por la ANC el Decreto Constituyente sobre la Emergencia y Reestructuración del Ministerio Público.

En un cuarto documento se emite una Resolución mediante la cual se rechaza enfáticamente "la írrita e ilegal declaración de los cancilleres de Argentina, canciller de facto de Brasil, Paraguay y Uruguay, mediante la cual pretenden suspender a la República Bolivariana de Venezuela en todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de Estado Parte del MERCOSUR".

Los escritos fueron publicados este viernes 11 de agosto, pero ya estaban listos con fecha del 5.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
DECRETO CONSTITUYENTE SOBRE LA
EMERGENCIA Y REESTRUCTURACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
La Asamblea Nacional Constituyente en ejercicio de su poder originario para reorganizar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico democrático, tal como lo dispone el artículo primero del Estatuto de Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente, en concordancia con las Bases Comiciales, Cláusula Décima Primera, que establece como límites los valores y principios de nuestra historia republicana, el cumplimiento de los tratados internacionales, acuerdos y compromisos válidamente suscritos por la República, el carácter progresivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos y las ciudadanas y las garantías democráticas.
Esta Asamblea Constituyente, aplica la norma contenida en artículo 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su segundo párrafo: Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
DECRETA
Artículo 1o. La emergencia y reestructuración del Ministerio Público, por su inactividad manifiesta conforme a los índices delictivos y de actos conclusivos acusatorios mínimos, según constan en la Memoria y Cuenta de esta Institución durante los últimos diez años, colocando a la República en situación de vulnerabilidad en su combate contra la violencia delictiva y la violencia con fines políticos, generando por esta vía la desestabilización del país.
Artículo 2o. Se crea una comisión de fiel cumplimiento y seguimiento de esta decisión soberana, presidida por el constituyente Elvis Amoroso.
Dado y firmado en el Palacio Federal Legislativo, en el Salón Elíptico, en Caracas, a los cinco días del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
Cúmplase,
Delcy Eloina Rodríguez Gómez
Presidenta
Aristóbulo Iztúriz Almeida
Primer Vicepresidente
Julián Isaías Rodríguez Díaz
Segundo Vicepresidente
Fidel Ernesto Vásquez I.
Secretario
Carolys Pérez González
Subsecretaria
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
DECRETO CONSTITUYENTE DE LA REMOCIÓN DE LA CIUDADANA
LUISA MARVELIA ORTEGA DÍAZ COMO FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA
La Asamblea Nacional Constituyente en ejercicio de su poder originario para reorganizar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico democrático, tal como lo dispone el artículo primero del Estatuto de Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente, en concordancia con las Bases Comiciales, Cláusula Décima Primera, que establece como límites los valores y principios de nuestra historia republicana, el cumplimiento de los tratados internacionales, acuerdos y compromisos válidamente suscritos por la República, el carácter progresivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos y las ciudadanas y las garantías democráticas.
La Asamblea Nacional Constituyente, aplica la norma contenida en la parte final del artículo 279 de la Constitución de la República, cuando expresa que los o las integrantes del Poder Ciudadano serán removidos o removidas con base al pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia.
Esta Asamblea Nacional Constituyente toma en consideración la Decisión del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena publicada el 4 de agosto de 2017, y según comunicación enviada a la Presidencia de la Asamblea Nacional Constituyente notificando de la suspensión de la ciudadana LUISA MARVELIA ORTEGA DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.555.631, como titular del cargo de Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, ordenando en consecuencia su inhabilitación para el ejercicio de cualquier función pública.
DECRETA
Artículo Único. Remover a la ciudadana Luisa Marvelia Ortega Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.555.631, del cargo de Fiscal General de la República, por sus actuaciones contrarias a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, realizadas con contumacia, discriminación y parcialidad, llevando los márgenes de impunidad del país a históricos nunca antes vistos y que promovieron la violencia delictiva y con fines políticos, alterando gravemente la paz y la tranquilidad de la República.
Dado y firmado en el Palacio Federal Legislativo, en el Salón Elíptico, en Caracas, a los cinco días del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
Cúmplase,
Delcy Eloina Rodríguez Gómez
Presidenta
Aristóbulo Iztúriz Almeida
Primer Vicepresidente
Julián Isaías Rodríguez Díaz
Segundo Vicepresidente
Fidel Ernesto Vásquez I.
Secretario
Carolys Pérez González
Subsecretaria
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
DECRETO CONSTITUYENTE DE LA
DESIGNACIÓN PROVISIONAL DEL CARGO DE
FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA TAREK WILLIANS SAAB
La Asamblea Nacional Constituyente en ejercicio de su poder originario para reorganizar el Estado y crear un nuevo ordenamiento Jurídico democrático, tal como lo dispone el Artículo Primero del Estatuto de Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente, en concordancia con las Bases Comiciales, Cláusula Décima, que refiere el carácter provisional del Estatuto de Funcionamiento de la Asamblea Constituyente.
Esta Asamblea Constituyente, aplica la norma contenida en artículo 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su segundo párrafo: Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
DECRETA
Artículo Único. Se designa al ciudadano Presidente del Consejo Moral Republicano, TAREK WILLIANS SAAB, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.459.301, como Fiscal General de la República, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Ministerio Público y los actos emanados de la Asamblea Nacional Constituyente, depositaría del poder constituyente originario. Cesando en sus funciones como Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, a partir de la presente fecha.
Dado y firmado en el Palacio Federal Legislativo, en el Salón Elíptico, en Caracas, a los cinco días del mes de agosto de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
Cúmplase,
Delcy Eloina Rodríguez Gómez
Presidenta
Aristóbulo Iztúriz Almeida
Primer Vicepresidente
Julián Isaías Rodríguez Díaz
Segundo Vicepresidente
Fidel Ernesto Vásquez I.
Secretario
Carolys Pérez González
Subsecretaria
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