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El Parlamento subraya que la Ley Antidesahucios sigue "íntegramente en vigor" salvo la disposición sobre expropiaciones

El Parlamento de Andalucía ha subrayado este martes, tras conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional que estima parcialmente el recurso contra el Decreto-ley antidesahucios que la Ley sobre este mismo asunto se mantiene "íntegramente en vigor" salvo en lo que se refiere a la disposición adicional declarada inconstitucional y que hace referencia a las expropiaciones forzosas.

   En una nota de prensa, la Cámara autonómica ha recordado que el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso, concluyendo que la disposición adicional segunda del citado Decreto-ley, incluida en la Ley 4/2013 como adicional primera, sobre declaración del interés social a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social, "supone un uso de la competencia autonómica en materia de vivienda que menoscaba la plena efectividad de la competencia estatal.

   Esa competencia estatal está prevenida en el artículo 149.1.13 de la Constitución Española --bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica--, recuerda el Parlamento, por lo que el Constitucional ha determinando su inconstitucionalidad y nulidad.

   Así las cosas, tras la declaración de inconstitucionalidad de la mencionada disposición adicional, la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, "se mantiene íntegramente en vigor salvo en lo que se refiere al citado precepto", subraya la cámara.
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