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El TSJCyL anula la orden de la Junta que autoriza la quema de rastrojos

jueves 22 de febrero de 2018, 15:20h
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la Orden de la Junta que autorizaba la quema de rastrojos en la Comunidad, por carecer de justificación ambiental y fitosanitaria.

El nuevo fallo del TSJCyL, a raíz del recurso contenioso-administrativo interpuesto por la Federación de Ecologistas en Acción, "vuelve a dejar en evidencia la política medioambiental de la Junta de Castilla y León", critica públicamente, a través de un comunicado, el referido colectivo respecto de la "enésima sentencia" que en esta ocasión declara nula de pleno derecho la Orden AYG/887/2016 de 17 de octubre, que autorizaba como medida fitosanitaria la quema de rastrojos de cereales.

Dicha federación recurrió la orden anulada al entender que no constaba en el expediente ningún dato o informe que justificara la necesidad de dictar esta resolución como medida fitosanitaria de control de plagas, ni que ésta existieran en la Comunidad y que, de existir, la quema de rastrojos no era el medio adecuado y necesario para combatirlas.

La sentencia recoge que los documentos presentados por la Consejería de Agricultura y Ganadería en su defensa (informes del Servicio de Espacios Naturales y del Área de Plagas del Instituto Tecnológico Agrario) ponen de relieve que las evidencias científico-técnicas sobre la eficacia o justificación de la quema de rastrojos como medida fitosanitaria son muy escasas, por lo que consideraban necesario profundizar sobre el conocimiento de su posible eficacia con carácter previo a una utilización generalizada de esta técnica como contribución a una gestión integrada de plagas y enfermedades en cereales.

Fallo "contundente"

El fallo, a juicio del colectivo recurrente, es contundente en cuanto que reconoce que la Orden impugnada no cumple ninguna de las finalidades por las que se dictó y vulnera el espíritu y finalidad del Real Decreto 1078/2014, que establece las normas de condicionalidad que deben ser cumplidas en el marco de la Política Agrícola Común (PAC).

La quema de rastrojos, como así advierte EA, conlleva una grave pérdida de biodiversidad, empobrece el suelo, supone un riesgo de incendio forestal cuando se practica en la proximidad de montes y agrava el problema de las plagas al eliminar factores que pueden ser aliados en su control. Además, tiene efectos nocivos en la población expuesta y supone un serio problema de salud pública.

Las nubes de humo generadas por las quemas contienen gases tóxicos (monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y azufre, partículas, etc.) que tienen efectos negativos sobre el sistema respiratorio y cardiovascular.

EA considera especialmente preocupante la presencia de dioxinas e hidrocarburos aromáticos policíclicos, cancerígenos reconocidos por la Organización Mundial de la Salud que se incorporan a la cadena alimentaria y pueden provocar efectos neurológicos en fetos por exposición durante el embarazo, daños a los sistemas hormonal e inmunitario o varios tipos de cáncer.

"Una vez más queda demostrado que la Junta de Castilla y León antepone los intereses particulares de un colectivo determinado a los intereses generales y a la salud de las ciudadanos de esta comunidad", concluye el colectivo ecologista.
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