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El defensor de Villanueva pide la extinción de su responsabilidad penal en 'La Perla' y la 'trama eólica'
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El defensor de Villanueva pide la extinción de su responsabilidad penal en 'La Perla' y la 'trama eólica'

jueves 14 de septiembre de 2017, 15:34h
El letrado burgalés Juan Manuel García-Gallardo, representante legal del exconsejero de Economía de la Junta Tomás Villanueva, a quien hasta ahora defendía en las dos 'macrocausas' relativas a 'La Perla Negra' y la 'trama eólica', ha presentado sendos escritos ante los respectivos instructores de ambos procedimientos para solicitar la extinción, por fallecimiento, de la responsabilidad penal de su patrocinado.

En su petición, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas, el defensor refiere que su cliente murió en la madrugada del pasado día 7 de septiembre, "un hecho público y notorio", sin perjuicio de lo que se propone acreditar tan pronto reciba una certificación de defunción del Registro Civil de Tordesillas, ante lo cual recuerda que "la acción penal se extingue por el fallecimiento del investigado".

Ante ello, amparado en el artículo 115 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el abogado solicita la extinción de la responsabilidad penal de Villanueva tanto a la juez de instrucción número 4, Verónica Marcos, como al titular del número 2, César Gil Margareto, encargada la primera de investigar la 'trama eólica' y el segundo de los sobrecostes en la compra del Edificio de Soluciones Empresariales de Arroyo ('La Perla Negra'), la adquisición de terrenos para un polígono industrial en Portillo y el alquiler de la sede de la Junta en Bruselas.

Pero además, el defensor deja bien sentado que "aquí no hay culpable pues no ha sido pronunciada sentencia condenatoria (de clase alguna, ni definitiva, ni firme). Tampoco se ha celebrado juicio oral, ni ha sido dictado auto de apertura de juicio oral contra Tomás Villanueva Rodríguez. No ha llegado a tener la cualidad de acusado de una eventual acusación de la que, en su caso, hubiera podido ejercer su derecho fundamental de defensa".

Aunque en ambas causas, de oficio, ambos instructores están obligados a dar por extinguida la responsabilidad penal del investigado con motivo de su fallecimiento, el letrado del exconsejero, además de invocar dicha causa que por sí sola es más que suficiente para su admisión, recuerda que además que no ha sido emitido auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, ni siquiera son firmes los autos que le atribuyeron la condición de investigado (recurridos en apelación).

En este capítulo, Juan Manuel García-Gallardo va más allá y expresa sus críticas ante el hecho de que en virtud de tales autos recurridos se facultarán la práctica de pruebas de averiguación patrimonial extensivas a familiares y allegados "bajo el pretexto, de flagrante inconstitucionalidad", de que no es descartable la posible comisión del delito de cohecho del art. 419 CP y posible blanqueo de capitales, art. 301 CP, recordando así la expresión de la Fiscalía vallisoletana.

Si "la acción penal se extingue por la muerte del culpable, con mayor motivo la acción penal se extingue por fallecimiento de quien, por auto no firme, tenía la mera condición de investigado", concluye.

El que fuera consejero de Economía cuando sucedieron los hechos objeto de investigación en ambas causas, Tomás Villanueva, fallecido a causa de un infarto el pasado día 7 de septiembre, había sido citado en calidad de investigado para testificar en el proceso de 'La Perla Negra' el día 27 de noviembre y en el de la 'trama eólica' el 18 de octubre.
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