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Málaga: Condenado por intentar disparar a un vigilante que lo sorprendió manipulando una bici

viernes 31 de julio de 2015, 15:49h

La Audiencia de Málaga ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por intentar disparar a un vigilante de seguridad que lo descubrió manipulando la cadena de una bicicleta. Al no poder detonar la pistola, golpeó a la víctima con la culata, por lo que también se le impone que indemnice al perjudicado con 4.300 euros.

Los hechos sucedieron en febrero de 2014 en la Escuela de Ingeniería Superior, en la capital, cuando el acusado, al verse sorprendido por un vigilante mientras estaba agachado manipulando la cadena en una zona de estacionamiento de bicicletas, arrojó la herramienta que llevaba.

Al mismo tiempo le dijo "vete y déjame, no me busques una ruina", pero al no conseguir que el hombre se fuera, agarró una mochila que tenía "con la intención de sacar el arma que escondía", momento en el que el vigilante se abalanzó sobre él para evitarlo. No obstante, el procesado sacó la pistola detonadora y le apuntó a la cabeza.

Asimismo, le dijo "te mato" y apretó el disparador, sin lograr percutirla, al encontrarse activado el seguro manual, por lo que la montó de nuevo, activó la corredera y volvió a repetir la acción, pero sin producirse el disparo. Volvió a intentarlo, aunque ya no había munición y la pistola quedó bloqueada.

Cuando el acusado, que era consumidor de drogas, lo que alteraba sus facultades, se percató de ello, golpeó al vigilante con la culata de la pistola en la cara, logrando derribarlo y provocándole varias heridas. La pistola detonadora estaba modificada, sin número de serie, prohibida y en buen estado de conservación, dice la sentencia.

Por estos hechos, se le condena por un delito de homicidio ejecutado en el imperfecto estado de tentativa y por otro de tenencia ilícita de armas, con la atenuante de drogadicción. Además de la prisión y la indemnización al perjudicado, se le impone la prohibición de acercarse a éste durante 10 años.

La sentencia se dicta con la conformidad del acusado y de su defensa, después de la modificación realizada por el ministerio fiscal a los hechos declarados probados, por lo que se dictó la resolución en la propia sala, manifestando ambas partes su intención de no recurrirla.

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